Democracia y derechos ciudadanos.





Creo que todos estaremos de acuerdo en que la democracia tiene su razón de ser en el hecho de garantizar los derechos civiles o ciudadanos.

Algunos iluminados, demasiados, defienden que la herramienta que nos hemos dado para garantizar la estabilidad de dichos derechos ciudadanos –los partidos políticos–, tienen que ser de todo, menos democráticos en su funcionamiento interno. 



Ya lo he dicho otras veces pero se me ha convertido en un mantra, que considero más que conveniente repetirlo cada no mucho tiempo, hasta que cale en la sociedad. Pues lo considero innegociable para que los partidos funcionen de forma medianamente democrática.

¿Cómo puede defenderse renovar una mala o razonable –da igual– democracia, sin que funcionen democráticamente las herramientas de las que disponemos para hacerlo, los partidos?

Otros, aún más iluminados, pretenden que habría que terminar con esos partidos, dados los resultados que podemos observar y padecer. Pero esto sería cuestión de otra entrada aparte de absurdo inmanejable como explicaré brevemente a continuación.

Asamblearismo. Así son las asociaciones de vecinos, y pocos podrán aportar argumentos sostenibles, contra la definición, generosa, como estrambóticos de sus funcionamientos. Hasta los que se llenan la boca de la palabra democracia, defensores a ultranza del asamblearismo o de los Círculos, se están saltando esa democracia para conformar sus cuadros con vistas a las próximas elecciones, incapaces de asumir para ellos, la democracia que le exigen al resto.

Dictatorial. No queda muy lejos en nuestra memoria histórica, lo que puede dar de sí dicho liderazgo dictatorial. Sólo útil en sociedades aborregadas, las que esperan que todo les venga dado por Papá Estado.

Eso no nos deja exclusivamente una única y encorsetada fórmula para gestionar internamente un partido. Nada más lejos de la realidad.

Un partido puede tener una dirección más abierta o más cerrada (personalista o presidencialista), siempre que exista un efectivo control de la ejecutoria de dicha cúpula por los afiliados, u órgano de control elegido en listas abiertas y libres, por dicha afiliación. Esa es la garantía.

¿Este control se podrá ejercitar contra cualquier decisión de la cúpula? No parece lógico si tratamos de no inmovilizar al partido pendiente de cualquier recurso de las bases. Creo que el ejercicio responsable de esa –digamos– "revocatoria" de lo acordado por la cúpula o ejecutiva, debe restringirse a los denominados Principios del Partido, aquellos que figuran como declaración de intenciones en los Estatutos del partido, o fuera de estos, pero con un rango tal que exija un gran consenso para abordar sus reformas:

  • O somos abortistas –con los límites que se fijen– o somos antiabortistas.
  • O somos monárquico, o somos republicanos o nos da igual.
  • O defendemos el Estado del Bienestar, o acotamos sus límites, o nos lo cargamos directamente.
  • O defendemos los desahucios, o estamos en contra de ellos, con límites, o sin ellos.
  • Damos libertad para que la ejecutiva decida coaligarnos con otras fuerzas, o no, o previa consulta al órgano de control.
  • Elección entre listas abiertas y de libre concurrencia o más o menos controladas por el "aparato" –que aunque parezca un "Viva las caenas" debe ser una opción elegible.
  • … … … … … 
Existen un amplísimo repertorio de opciones entre las que elegir, unas –las más importantes– pueden tener mayor protección ante posible cambios, mientras otras pueden tener una protección de rango menor (menor porcentaje de votos favorables), siempre que estén especificadas cuáles son en los Principios y/o Estatutos. Estas opciones sí que deben ser compartidas por la inmensa mayoría de la afiliación. Así cada posible nuevo afiliado podrá analizar dónde se mete y poder optar por otra formación o crear la suya propia.

Evidentemente la forma de ejercer el control, sobre qué asuntos y la constitución de ese órgano, deben estar incluidas en la máxima protección frente a su modificación.





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