¿Partidos democráticos o dictaduras aparateras?





Se acerca un nuevo periodo electoral, y convendría –para no cegarnos con la rutilancia de los líderes– que analicemos el funcionamiento de los partidos democráticos por definición, pero antidemocráticos, por actuación, lo cual parece que nada le importa al Prostitucional y otras instancias de la administración de justicia.

Es nuestra propia Constitución, la que determina que "Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos" (Art. 6). "Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo" (Art. 69). Determinación que parece insuficiente para que los magistrados del Prostitucional, se la tomen en serio ya que en sus sentencias se las han pasado por el forro de los huevos.

Partidos políticos que lejos de conformar sus cargos internos y externos, con el voto universal de sus afiliados, en el mejor de los casos, interponen unos filtros excesivos (número de avales u otras condiciones) para, en lo que no dudan en llamar "primarias", que únicamente puedan aparecer los realmente designados por un grupo muy reducido, y siempre enquistados en el poder, de prebostes. Exactamente ocurre en las ponencias y programas que se formalizan en sus congresos. 


Por ejemplo, una formación de las que se enroca bajo el señuelo de la regeneración, UPyD, para confeccionar sus listas a las próximas europeas, somete a votación de sus afiliados, exclusivamente quién encabezará las listas, siendo el resto de los componentes, designados por el núcleo duro del partido,... democracia, pura democracia.

Respecto a la clarísima prohibición del mandato imperativo
(Art. 69), si la coartada usada por el Prostitucional es que, lo presente en el programa político, sí obliga, ¿no debería estar fuera del Gobierno, hasta el propio Mariano Rajoy, por las flagrantes incumplimientos del suyo? Tampoco todos esos incumplimientos tienen la excusa del subterfugio de la "imposición de Bruselas". Es más ¿quién es Bruselas para imponer nada a los españoles? Puede que exista alguna competencia que nos obligue, pero no todas, ni en todo.

Para comenzar el análisis, hagámosno una pregunta:

¿Puede, quién es incapaz de gobernar una simple formación política de forma estrictamente democrática, dar garantías a la sociedad civil, de poder establecer una democracia real, mayor y mejor, en España, con mínimas garantías?

No sé lo que pensaréis vosotros, pero en mi opinión, esto es radicalmente imposible.

Así que, partiendo de que ninguna de las formaciones con representación parlamentaria cumple con estos principios –si alguien conoce alguna, que lo diga–, llevemos a la vida interna de las nuevas formaciones, los mismos principios que exigimos para el buen gobierno de España, cada formación las suyas. veamos qué ocurriría en el caso de lo que postulamos desde el grupo de FaceBook, UNIENDO FUERZAS:

  • Unidad territorial de España. Cualquier modificación de ésta debe ser fruto del refrendo de todos los españoles.
  • El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tenemos el deber de conocerla, el derecho efectivo a su uso y a su aprendizaje.
  • Democratización interna de los partidos. Primarias para todos los puestos de responsabilidad internos/externos y limitación de mandatos. La subvención pública a los partidos, se reducirá la mínimo. Las fundaciones deberán autofinanciarse.
  • Elección de diputados por circunscripciones uninominales con revocación de mandato. El Presidente del Gobierno, será elegido en circunscripción única, a doble vuelta.
  • Independencia real de los Poderes del Estado. Comenzando por los métodos de elección paraTribunal Supremo, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal de Cuentas, etc. Fiscalía del Estado, no del Gobierno.

¿Cómo extrapolamos estas condiciones a la vida de una formación política?
Veamos:


Es obvio que los dos primeros puntos, están presentes en cualquier actuación coherente con dichos fines. No obstante, la organización territorial de la formación, debe alejarse al máximo de las taifas en las que se ha convertido la actual configuración territorial y administrativa de España. Así que la descentralización debe centrarse en las necesidades puramente administrativas, pero totalmente alejada de las "baronías" y el abusivo poder político, que contribuyen a multiplicar el indeseable efecto "aparato".

Lejos de caer en el asamblearismo populachero, sí se puede echar manos de las actuales herramientas digitales para, en las cuestiones trascendentales, contar con la decisión de todos los afiliados que deseen expresarse.

Todos las responsabilidades, internas y externas, del partido se elegirán por estrictas primarias, con un mínimo de avales y, de ser necesario, a doble vuelta; pudiendo participar en ellas cualquier afiliado, con una antigüedad prefijada.

La configuración de los programas e informes, se realizará de forma transparente para la afiliación en su gestación y con la opción para estos, de aportar lo que deseen. Los programas electorales, así gestados, serán ratificados
por la afiliación o por los órganos representativos.

La formación debe tener un Órgano Ejecutivo, conformado por el líder y un pequeño grupo de afiliados,
de su elección personal, o elegidos por la Asamblea, que –sujeto a ideario y estatutos–, tenga la autonomía necesaria para el gobierno y la toma de decisiones en el día a día del partido y de proponer a la afiliación o al Órgano de Control, todas las cuestiones de especial transcendencia.

Un Órgano de Control y Deliberación elegido por la Asamblea, encargado de realizar, con el añadido de expertos si fuera el caso, los informes, estudios y programas, que el Órgano Ejecutivo le encomiende, y bajo las directrices de éste. Igualmente, podrá iniciar revocatoria de los acuerdos del Órgano Ejecutivo, exclusivamente si estima que estos transgreden lo fijado por el ideario o los estatutos.

Un Órgano de Disciplina y Garantías elegido por la Asamblea, responsable de dictaminar en los posibles conflictos que surjan entre Órganos Ejecutivo y de Control, que se someterán a su decisión final. Además intervendrá, imponiendo las sanciones fijadas, en su caso, en los conflictos entre afiliados, entre sí, o con órganos de la formación. Siempre bajo proceso contradictorio, y oídas ambas partes.


Unamos a éstas, otras opciones como la limtación de mandato, la imposibilidad de acumular diferentes responsabilidades, internas y/o externas, un Órgano de Control Económico, etc, todas ellas a determinar estatutariamente, su consideración o no.

Quiero hacer notar que esta formulación es aplicable a cualquier orientación ideológica, pues está abierta a un mayor o menor control de la democracia interna por los propios afilidos, según el deseo y la voluntad de ellos. Lo único inexcusable, es fijar y respetar el derecho de participación de los afiliados en las decisiones transcendentes –y en la formulación de éstas– de la formación política. 



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