Enmienda al Art.3.2 de los Nuevos Estatutos de SCD
Para profundizar en la participación real de los afiliados en las decisiones del partido, se hace fundamental la inclusión de una cláusula que mandate inequívocamente a la dirección a que introduzca el compromiso, sin excusas y dilaciones de usar las e-herramientas en la vida cotidiana del partido.
Esto puede realizarse en el capítulo de la Asamblea General, Art. 3.2:
Debe entenderse que desde el momento en que se pueda abordar tecnológica y económicamente la implantación del e-voto, se desarrollarán en el Reglamento Congresual y de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, los requisitos y las condiciones para el ejercicio de dichas votaciones, ya sea vinculadas a las Asambleas o consultas de cualquier otro tipo, al igual que las materias susceptibles de ser tratadas por este medio.
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Enmienda presentada por, al menos, 10 afiliados.
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