SCD. En defensa de los actuales Estatutos




Por qué estropear lo que ha demostrado
funcionar adecuadamente. 


Sólo una referencia a las palabras introductorias del Presidente, con las que parece pretenda justificar los cambios estatutarios presentados.

En mi opinión, los Estatutos actualmente en vigor, lejos de ser la fuente de los problemas surgidos, han permitido atajarlos. Unos estatutos, son simplemente una herramienta, y no están para prever que se tomen erróneas decisiones –a pesar de que se dijo que no se iban a tomar– y además de ser avisados, los que las tomaron, de sus posibles consecuencias por quien, sin éxito en sus denuncias, sí las vieron venir. Lo que nadie puede negar es que los estatutos tuvieran o permitieran los recursos para salvar las situaciones.

Y, algo que me preocupa altamente, en mi opinión cometeremos el mayor error posible si pensamos parar los ataques a la independencia interna y externa de SCD, transformándo a nuestra formación en un miembro más de la partitocracia, mimetizandola con  las formas de actuar de ésta y reduciendo y escamoteando hasta los más mínimos controles democráticos. Y es con el ánimo de que coincidan conmigo la mayoría de los que hemos llegado hasta aquí, por lo que inicio este escrito.

No se lucha contra los ataques a nuestra independencia y nuestra democracia interna, convirtiendo a esta última en un burdo remedo de lo que queremos instaurar en la sociedad. Esa sería su gran victoria, la de la casta, pues nos obligarían a ser y actuar como ellos


La verdad es que si no conociera la intención de cambiar los estatutos desde hace algún tiempo, por mi entonces pertenencia al Comité Ejecutivo de SCD, lo primero que me preguntaría como simple afiliado, sería por qué ha sido ahora cuando se realiza una propuesta de cambios tan radicales sobre unos Estatutos que sólo llevan en vigor desde el pasado 6 de Octubre, unos escasos 5 meses, habiendo perdido  la oportunidad que tuvimos en Diciembre de modificarlos durante la 1ª Asamblea General. Desde luego habría sido bastante más fácil. Aunque al respecto, tengo mi opinión personal, prefiero silenciarla, no porque con ello se desvele el secreto de la piedra filosofal o vaya a motivar la inversión del giro de la tierra, sino porque dicha opinión me la he formado disponiendo de un cargo de confianza, cuya supuesta confidencialidad, prefiero guardar.

La pregunta que indudablemente sí me planteo, como ex-miembro del Comité Ejecutivo y como simple afiliado es qué existía tan ¿peligroso? en la redacción anterior de los Estatutos que obligaran al Presidente a plantear de forma tan repentina, su modificación. Como da la casualidad de que el que suscribe debe asumir gran parte de responsabilidad en su redacción, voy a usar parte de la declaración de principios que acompañó los primeros borradores de los Estatutos para que quede claro el espíritu bajo el que se acordó  abordar su redacción. 

"La idea de partida de esta propuesta de Estatutos, es la de reflejar en nuestro partido, todo aquello que hemos venido defendiendo como condición si ne qua non, para acabar con el sistema partitocrático actual y regenerar en la sociedad española los valores éticos tan escasamente exteriorizados hoy en día.

Para ello será necesario que el sistema de organización y funcionamiento implementado a través de estos Estatutos en Sociedad Civil y Democracia, sea ejemplo, ante la sociedad y ante el resto de partidos, del nivel de participación ciudadana (afiliado), democracia y transparencia que reivindicamos para la política española


  • Listas abiertas. En un partido de corte presidencialista, es lógico pensar que el presidente querrá rodearse de su equipo de trabajo. Pero considerando que defendemos las listas abiertas, hagamos como solicitamos que se haga para con el Presidente del Gobierno. Los candidatos a la Presidencia del Partido se presentan per se, nombrando directamente, y publicitando previamente a la Asamblea, al equipo de colaboradores que estime oportuno. Remarcando que la elección de estos, es decisión exclusiva, y bajo su responsabilidad, del candiodato a Presidente, como ocurre con el Presidente de Gobierno y sus ministros. mientras que  para el resto de elecciones internas y externas, se procederá por el sistema de primarias en listas abiertas.
  • Separación real de Poderes. Implantación de un auténtico y operativo sistema de “check & balance”. El órgano ejecutivo, Presidencia/Comité Ejecutivo, dispondrá de una amplia libertad de acción pero, contando con la mayoría pertinente del Consejo de Dirección y el aval de la Comisión de Garantías, se podrán revisar acuerdos del Comité Ejecutivo."  
No deseo extenderme por lo que dejo aquí el texto citado, ya que tenemos suficiente para rebatir, en mi opinión, los cambios propuestos.

¿Qué cambios importantes se han introducido en la nueva propuesta de Estatutos?

Tras una somera lectura de los documentos:

1º-    En mi opinión la más grave: El Consejo de Dirección deja de ser el máximo órgano deliberativo y de control del Partido entre Asambleas Generales, a ser el máximo órgano de consulta del Partido entre Asambleas Generales o, como dice el presidente en su carta de presentación de los cambios –con cierto desdén, en mi opinión– ,"es órgano que aparece como de consulta y asesoramiento, siendo informado de decisiones adoptadas. Su presencia tiene sentido siempre que la elección del Presidente sea por período plurianual,…" Vamos que tanto podía estar, como podía no estar. Sin embargo, a continuación se afirma: "Es un  órgano que recibe una función importantísima: puede convocar una Asamblea Extraordinaria del partido con un único punto del Orden del Día: la destitución del Presidente." –cosa arto imposible como ya veremos(1)–. Vamos a lo concreto:


  • Desaparece la capacidad deliberativa del Consejo de Dirección –deliberar: considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de los motivos de una decisión, antes de adoptarla, y la razón o sinrazón de los votos antes de emitirlos.– Esa capacidad queda restringida exclusivamente al Comité Ejecutivo ¿por falta de preparación de los consejeros, porque alguien no se fía de ellos o porque en el Comité Ejecutivo no tiene otra cosa que hacer?
  • Desaparece la más importante y mayor garantía de la democracia interna entre Asambleas, la capacidad controladora del Consejo de Dirección –control: comprobación, inspección, fiscalización, intervención–. Desaparece esa capacidad de control, "Chekc & Balance", fundamental para el ejercicio real de la democracia en toda formación. Salvo el verse obligados a usar por  una simple discrepancia puntual –improbable, pero posible–, la extrema –pero única–, capacidad que se le deja al Consejo de Dirección, de tratar de organizar una Asamblea General Revocatoria por una dificilísima mayoría de 2/3, como veremos(1). Vamos, matar moscas a cañonazos. Prefiero pensar que esto, más que una gran ¿trampa? ha sido un error motivado por lo apresurado de los cambios, antes de que se haya pensado en que somos perfectos estultos.
Esta modificación deja al partido sin la más mínima capacidad de control y reacción sobre una posible decisión ilegítima del Presidente/Comité Ejecutivo. Lo he dicho siemepre: la mejor forma de que no suceda una desgracia, es que ésta no pueda suceder, para eso están los Estatutos y Reglamentos y, por pura estadística, antes se le iría la olla al Presidente, que al conjunto de los miembros del Consejo de Dirección.
    

Creo que la redacción de la capacidad controladora que tanto parece inquietar es:
 

"El Consejo de Dirección, por acuerdo de la mayoría absoluta de sus integrantes, tiene la facultad de revocar las decisiones del Presidente/Comité Ejecutivo, cuando las estime contrarias a Los Fines de Sociedad Civil y Democracia a sus Estatutos o a los documentos aprobados que fijen la líneas políticas o ideológicas.

Este acuerdo podrá ser recurrido con carácter de urgencia por el órgano afectado ante el Comité de Garantías, cuya decisión sobre el asunto será definitiva y de obligado cumplimiento.
 

Con igual mayoría y con igual posibilidad de recurso, el Consejo de Dirección tendrá la potestad de reprobar la actuación de cualquier miembro del Comité Ejecutivo."  

¿Le preocupa al Presidente que, si con una decisión suya se atenta contra uno de  nuestros fines, principio estatutario o programas políticos, se le pueda enmendar la plana, con todas las salvaguardias y garantías resaltadas en este punto? ¿De verdad?, Pues a mí y a algunos de los que estamos en SCD, eso nos tranquiliza.
 

Igualmente desaparecen de un plumazo las siguientes funciones:
  • Aprobar, a propuesta del Presidente/Comité Ejecutivo, la participación del Partido en las elecciones locales, regionales, nacionales y europeas, así como los programas o programas marco.
  • Aprobar los presupuestos, el informe de gestión y el documento de estrategia política que presentará anualmente el Presidente/Comité Ejecutivo.
  • Se le elimina a la Mesa del Consejo de Dirección, el derecho a conocer todos los acuerdos tomados por el Presidente/Comité Ejecutivo, con indicación de aquellos que por su naturaleza deberán ser secretos para el resto del Consejo de Dirección y del partido, temporalmente. Este "informar de lo que me da la gana", lejos de diferenciarnos por el ejercicio de la transparencia, de los modos de la partitocracia reinante, nos acerca a ellos.
  • El Consejo de Dirección creará obligatoriamente en su seno una Comisión Ecomómica, y un Comité Electoral cuyas funciones y composición se determinará de manera reglamentaria. Se hace desaparecer un órgano crucial para evitar, por ejemplo, casos Bárcenas. La Comisión de Economía, destinada a fiscalizar, más en el  día a día, las cuentas del partido y un Comité Electoral que velará por la transparencia y limpieza de los procesos electivos. "Todos esos momentos se perderán... en el tiempo... como lágrimas en la lluvia." Y más casta todavía.
  • De toda la capacidad de desarrollo Reglamentario, no sé si será casualidad –¿quién cree ya en las casualidades?–, al Consejo de Dirección se le hurta el desarrollo del Reglamento para Elecciones de Candidaturas Externas en Internas. Consecuencia de ello es que se eliminan las anteriormente expresadas "listas abiertas", transformándose en una fugaz promesa de "primarias", así sin más. Las listas abiertas, las que permiten presentarse a cualquier afiliado para un puesto en esas listas, han sido sustituidas por una promesa de primarias que se pueden reducir a elegir entre A, B y C, todos propuestos por el Comité Ejecutivo. Unos estatutos, no son unos reglamentos, pero se salvaguarda en ellos aquellas líneas rojas que todos hemos decidido no sobrepasar. Dejar a que la interpretación reglamentaria, nos de listas democráticas o listas cerradas e impuestas entre Málaga y Malagón, no es de recibo.
Si el problema hubiera sido evitar elecciones como las de Valencia, se podrían haber fijado salvaguardas a priori o a posteriori, infranqueables para cualquier advenedizo, pero democráticas y con garantías. Luego ese no debe ser el problema.

2º-    Se designan desde el Comité Ejecutivo todos las responsabilidades territoriales, provinciales y locales, fiscalizando y supervisando desde el mismo Comité Ejecutivo la ejecutoria de dichas responsabilidades ad infinitum. Esto es también especialmente grave(1) 

3º-    Se institucionaliza un voto por correo, restringido a las propuestas del Orden del Día, excluyendo las enmiendas presentadas a las mismas. Esto es un motivo claro de impugnación. Mientras, sólo se "intentará" la posibilidad del voto "on line", pot lo que me he podido informar, bastante más posible de lo que se reconoce.

4º-    Se elimina: "Recabar información del Consejo de Dirección, u órgano de dirección en el que, por aplicación del Reglamento correspondiente se delegue, cuando considere que ha existido vulneración de sus derechos como afiliado por parte de otro afiliado o de algún responsable u órgano de dirección del Partido, recibiendo respuestas razonadas del órgano correspondiente." Supongo que no se pretende dejar en total indefensión al afiliado, frente a cualquier abuso, pero no se podría ser más eficaz, si trataran de hacerlo.

5º-    Se elimina el apoyo tácito a cualquier candidatura a listas internas del partido.

6º-     Se aplica la máxima circense del "¡Más difícil todavía!", se suben todos los porcentajes necesarios para presentar propuestas desde las bases y/o aprobarlas. Pasa del 15 al 20% las fimas necesarias de afiliados para modificar los fines del partido. Las firmas de consejeros necesarios para una convocatoria extraordinaria del Consejo de Dirección, pasa del 33 al 50%.



                                  Juan Espino (afiliado)



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(1)    Teniendo en cuenta que los Responsables Territoriales son, a su vez, consejeros de dirección natos, tendremos, un total de 19 Consejeros no electos + el Presidente. En el hipotético caso de que continúen los actuales 31 consejeros elejidos por la Asamblea y, por tanto independientes, tendríamos un total de 51 consejeros, cuyas 2/3 partes sería de 34 consejeros. ¿Alguien pretende convencerme de que, con el color que tomarían las cosas de aprobarse la modificación propuesta, habrán 3 Responsable Territoriales que se unirían a una  forzosa unanimidad de consejeros independientes para convocar una Asamblea Revocatoria? ¡Por favor!



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